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Presentan Ley Malena, que combatirá la violencia ácida contra las mujeres

Actualizado: 1 feb 2023

  • En honor a María Elena Ríos, víctima de violencia ácida en 2019, se ha presentado esta nueva ley que busca el reconocimiento de un delito independiente.

Rosario Sánchez


En la Ciudad de México la diputada local por la bancada de Morena, Marcela Fuente, presentó ante el Congreso local la llamada Ley Malena, la cuál conociste de un conjunto de modificaciones en las que se busca el reconocimiento de los ataques con ácido como un delito independiente y no agravante, así como penas más severas contra quién resulte de este delito.


Conocida como violencia ácida, con este paquete de reformas se espera captar la óptica legislativa y social para visibilizar otro tipo de violencia que deja marca de por vida. De acuerdo a datos de Acid Survivors Trust International, el 80% de víctimas son mujeres.


Además, para legitimar dicha propuesta, presentó datos relevantes proporcionados por la fundación Carmen Sánchez cabe mencionar que, no se cuenta con datos registrados oficiales por innación de las autoridades, señaló que el 85% de los casos agresores los intelectuales son hombres, particularmente por su pareja, ex pareja, o algún acosador, de igual manera comentó que el 94% de los casos sigue impunes.


Fuente Castillo mencionó que la Ley Malena honor a María Elena Ríos Ortiz, quien fuese sobreviviente a un ataque con ácido presuntamente realizado por Juan Antonio Vera Carrizal, ex diputado local de Oaxaca por el PRI. Sin embargo destacó que las víctimas de este tipo de agresiones vivirán toda su vida con afectaciones a la salud, dignidad, deformación, perdida de órganos o incapacidad permanente.


Cabe mencionar que, las lesiones ocasionadas van subiendo de nivel a tal punto que ponen en riesgo la vida de las víctimas, por lo que en la iniciativa de busca calificar como tentativa de feminicidio si el atacante genera daños mayores a la salud.


La Ley Malena busca modificar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LAMVLV) y el Código Penal para el Distrito Federal (CODF).


Se espera que en la LAMVLV se pueda crear el concepto de violencia ácida cómo "aquella que pretenda causar daño físico irreversible, que lastime altere o cause una incapacidad mediante la acción de arrojar ácido álcalis, sustancias químicas, corrosivas, causticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos y externos o ambos".


En dicho ordanimiento, también se instruye a la Secretaría de Salud informar a las autoridades competentes los datos estadísticos de todas las personas que pudieran ser víctimas en particular de este tipo de violencia, ya que, de esta manera se podría tener un número más cercano a la realidad garantizado por es Estado.


Asimismo, las modificaciones al Código local amplían el castigo en relación con este delito, puesto que se crea un nuevo capítulo "Lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas".


En el artículo 135 se establece que a quien incurra en este crimen y se le encuentre culpable recibirá una condena de 8 a 12 años de prisión además de que deberá pagar una multa de 300 a 700 Unidades de Medida y Actualización (UMA). También se especifica a los agravantes, en el cual se aumentará un tercio o la mitad de la pena de la que sea objeto la víctima, es decir, se pueden establecer condenas de hasta 18 años.


Finalmente se redactó el Artículo 135 Quater, en el cual se define que las agresiones que realizan en contra de las mujeres en razón a su género si existe una relación entre ella y su atacante (relación sentimental, sexual, afectiva o de confianza, parentesco, laboral, docente o de hecho) o que el agresor tenga antecedentes previos en delitos de razón de género.


Además, se estipulara como tentativa de feminicidio si las lesiones generadas durante el ataque provoca resección parcial o total de mamas, al teracion en genitales, funciones de reproducción sexual y cause alguna deformidad o daño permanente o temporal en algún órgano interno o externo. De ser así, se impodrá una condena de 12 a 30 años de prisión si se encuentra responsable el agresor.

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